Auto Supremo AS/0234/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2015-L

Fecha: 18-Sep-2015

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y

Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 115 a 116, interpuesto por la Universidad Franz Tamayo, representada legalmente por Roberto Carlos Terán Pino contra el Auto de Vista Nº 198/2010 de 13 de octubre de 2010 (fs. 109 a 110) emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales y otros seguido por Litzy Rocabado Ayaviri contra la institución recurrente, la respuesta de fs. 120, el auto de fs. 122 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, emitió Sentencia el 30 de octubre de 2008 (fs. 88 a 91), declarando probada la demanda de fs. 40 a 41, con las modificaciones establecidas en los puntos expuestos en dicha resolución, e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 51, ordenando a la Universidad Franz Tamayo que dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, bajo alternativa de ley, pague a la demandante la suma de Bs. 29.589,86.- por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo por duodécimas de 4 meses y 29 días de la gestión 2008, y 4 días de vacaciones, menos pago a cuenta según literal de fs. 1. Más la correspondiente actualización y multa prevista por el art. 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, por el retraso en el pago de los beneficios sociales