Auto Supremo AS/0544/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Asevera, que el Auto de Vista 210 y su complementario Auto 65, modificó ilegalmente la


Asevera, que el Auto de Vista 210 y su complementario Auto 65, modificó ilegalmente la calificación legal de los hechos y del delito motivo del juicio, imponiéndole la condena de tres años y tres meses de privación de libertad por la supuesta comisión del delito de Giro de Cheque en Descubierto, tipo penal que nunca fue motivo de proceso penal, acusación fiscal o particular ni de juicio; a cuyo efecto, precisa los siguientes defectos en los referidos pronunciamientos:

1) El único delito que se le atribuyó fue el de Estafa y por el que, el Tribunal de Sentencia lo absolvió; no obstante de ello, la Sala Civil Primera desconociendo el debido proceso, emitió el Auto de Vista 210, el que sin haberle permitido el ejercicio a la defensa, subsumió su conducta a las previsiones del delito de Giro de Cheque en Descubierto, que nunca fue investigado, procesado o motivo de juicio oral, imponiéndole una pena sin haber sido oído ni juzgado previamente; por lo que, aduce la concurrencia de defectos absolutos, conforme al art. “167” inc. 3) del CPP, que pide sean reparados en procura del respeto al principio de legalidad, acotando que dicha falencia también viola el principio de congruencia, contradiciendo el art. 362 del CPP, así como la doctrina legal contenida en los Autos Supremos 268 de 27 de abril de 2009, 417 de 19 de agosto de 2003 y 332 de 29 de agosto de 2006, debido a que la Sala Penal, subsumió su conducta en el delito de Giro de Cheque en Descubierto, cuando dicho tipo penal nunca fue motivo de acusación, debate, producción de prueba o discusión dentro del proceso penal, ni fue motivo de la apelación restringida opuesta por el acusador particular; en consecuencia, el fallo de alzada, constituye ultra petita