Auto Supremo AS/0544/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

En cuanto al tercer motivo, referido a que el Tribunal de alzada concluyó erróneamente que


En cuanto al tercer motivo, referido a que el Tribunal de alzada concluyó erróneamente que el Tribunal Quinto de Sentencia no incurrió en error de hecho ni de derecho a tiempo de pronunciar la Resolución de instancia, omitiendo considerar la doctrina legal contenida en el Auto Supremo 237 de 4 de julio de 2006, respecto del cual asevera, que en su caso sí se acreditó en forma fehaciente la existencia de la relación de causalidad entre los engaños de Jaime Ávalos Riera, Ana María Saraví Abid, Mario Alberto Palma Gómez y Roque Edmundo Urey Jordán con respecto al desplazamiento patrimonial que sufrió, asegurando que de haber aplicado el precedente invocado, el Tribunal de alzada, habría condenado a todos los imputados por la comisión del delito de Estafa, se concluye que el mismo cumple con la explicación clara y suficiente para analizar si la Sala Civil Primera, al emitir el pronunciamiento resolviendo la apelación, incurrió en contradicción con la doctrina legal invocada, resultando admisible