Denuncia respecto a la valoración de la prueba
Denuncia respecto a la valoración de la prueba.- La parte procesal que denuncie, a través de actividad procesal defectuosa, por ende la vulneración de derechos y garantías constitucionales, errónea o defectuosa valoración de prueba efectuada en la causa o su omisión, deberá: 1) Especificar qué prueba o pruebas, no fueron valoradas en el proceso o en su caso fueron valoradas defectuosamente; 2) De qué manera esa falta de valoración o que haya sido defectuosa, tiene incidencia en la resolución final, explicando fundadamente, de qué forma la sentencia hubiese sido distinta, se entiende favorable a sus pretensiones
- Por memoriales presentados el 13 de junio y 17 de julio de 2009, cursantes de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por parte del acusador particular Ricardo
- c) Notificados los recurrentes con el Auto Complementario, el 13 de julio de 2009 (589
- De los argumentos expuestos por los recurrentes se extraen los siguientes motivos
- Asevera, que el Auto de Vista 210 y su complementario Auto 65, modificó ilegalmente la
- 2) Se le impuso una condena por el delito de Giro de Cheque en Descubierto,
- 3) El Tribunal de alzada, a título de forzar la imposición de una condena en
- 4) El Auto de Vista 210, incurre en inobservancia y errónea aplicación del art
- II.2. Del recurso de casación de Ricardo Aguilar Quiroz
- b) El Auto de Vista recurrido, no resolvió todas las cuestiones planteadas en el recurso
- c) El Auto de Vista recurrido, indica que el Tribunal Quinto de Sentencia no habría
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- En autos, se constata que el imputado Jaime Ávalos Riera y el acusador particular Ricardo
- Con relación al primer motivo, referido a que en alzada se lo condenó por el
- En el segundo motivo, el recurrente argumenta que en alzada se lo condenó por un
- En cuanto al cuarto motivo, en el que cuestiona la subsunción de su conducta al
- V.2. Del recurso de casación de Ricardo Aguilar Quiroz
- En el primero motivo, el recurrente aduce, que no fue notificado con la convocatoria al
- Por otro lado, al existir una denuncia concreta de concurrencia de defectos absolutos, es preciso
- Con relación al segundo motivo, en el que aduce, que el Tribunal de alzada no
- En cuanto al tercer motivo, referido a que el Tribunal de alzada concluyó erróneamente que
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
