Auto Supremo AS/0548/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a las acusaciones fiscal y particular (fs. 8 a 10 y 24 a 26 vta.) a su turno, una vez desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Primero de Sentencia de la entonces Corte Superior del distrito judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 03/2010 de 22 de marzo (fs. 177 a 183); por la que, declaró a la imputada Angélica Cerda Salas absuelta de la comisión de los delitos de Falsedad Material y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198 y 203 del CP; y, el Auto de 27 de marzo de 2010 de Complementación y Enmienda (fs. 189).

b) Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Jesús Pastor y Santos ambos de apellidos Cerda Salas; y, Robert Vargas Fuentes, en representación del Ministerio Público (fs. 212 a 215 vta. y 217 a 218); y, Angélica Cerda Salas (fs. 221 y vta.), a su turno interpusieron recursos de apelación restringida, resueltos por Auto de Vista 05/2011 de 04 de febrero (fs. 261 a 262 vta.) pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedentes los recursos de apelación planteados por la parte acusadora y procedente el recurso planteado por Angélica Cerda Salas, respecto al pago de costas, daños y perjuicios, manteniendo firme y subsistente la Sentencia apelada