Auto Supremo AS/0548/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0548/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Respecto al segundo motivo, donde arguye que el Auto de Vista impugnado se limitó a


Respecto al segundo motivo, donde arguye que el Auto de Vista impugnado se limitó a expresar con relación a su alzada que se ve impedido de ingresar a revalorizar la prueba, en vulneración de los principios de tipicidad y congruencia, el recurrente afirma que debió emitir pronunciamiento, ya que en el primero no implica vulnerar los principios de inmediación y contradicción; y, en el segundo principio no implica nueva valoración; en consecuencia, correspondía al Tribunal Ad quem pronunciarse sobre este hecho, emitiendo nueva Sentencia efectuando una correcta subsunción de los hechos a los tipos penales correctos; sobre esta temática el recurrente argumenta contradicción con los Autos Supremos 105 de 31 de enero de 2007 y 67/06 de 27 de enero, sobre los que el recurrente, al igual que en el caso anterior, se limitó a transcribir de forma inextensa el contenido de los Autos Supremos citados, sin efectuar ninguna explicación de la presunta contradicción, en inobservancia del art. 417 del CPP