Auto Supremo AS/0569/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0569/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 3/2009 de 17 de junio (fs. 1470 a 1485), el Tribunal Primero de Sentencia de El Alto, declaró a: Alfredo Romero Espejo, autor de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, imponiéndole la pena de dos años de reclusión, más al pago de costas procesales a ser calificados en ejecución de Sentencia, concediéndole el beneficio de perdón judicial y absuelto por el delito de Estafa, tipificado por el art. 335 del CP; y, a Josefina Juana Quispe de Romero y Felipa Romero de Salvatierra, absueltas de la comisión de los delitos de Estafa y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 335 y 337 del CP, con costas a calificarse en ejecución de Sentencia