Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 569/2015-RRC
Sucre, 04 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 52/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Reynaldo Vásquez Cerrudo
Delito : Abuso Deshonesto
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs. 1223 a 1236, Reynaldo Vásquez Cerrudo interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 62/2014 de 21 de noviembre, de fs. 1188 a 1189 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia y Susana María Inés Peña Barrón contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 incs. 2), 3) y 4), todos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 569/2015-RRC
Sucre, 04 de septiembre de 2015
Expediente: La Paz 52/2015
Parte Acusadora : Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Reynaldo Vásquez Cerrudo
Delito : Abuso Deshonesto
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs. 1223 a 1236, Reynaldo Vásquez Cerrudo interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 62/2014 de 21 de noviembre, de fs. 1188 a 1189 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Defensoría de la Niñez y Adolescencia y Susana María Inés Peña Barrón contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado por el art. 312 con relación al art. 310 incs. 2), 3) y 4), todos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 9 de febrero de 2015, cursante de fs
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Reynaldo Vásquez Cerrudo formuló recurso de apelación
- El recurrente, denuncia que el Auto de Vista impugnado al anular el Auto de Explicación,
- Al efecto, invoca los Autos Supremos 436 de 15 de octubre de 2005, 336 de
- En base a los argumentos que expone, el recurrente solicita la admisión de su recurso
- Mediante Auto Supremo 325/2015-RA de 22 de mayo de fs
- II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
- La parte resolutiva de la Sentencia 01/2012 de 19 de enero, emitida por el Tribunal
- II
- El imputado Reynaldo Vásquez Cerrudo, mediante memorial de fs
- Tomando en cuenta la doctrina legal aplicable en el Auto Supremo 320/2014 de 15 de
- Este Tribunal de acuerdo al Auto Supremo 325/2015-RA de 22 de mayo, admitió el motivo
- III.1.Doctrina legal aplicable asumida en los precedentes invocados
- Para sustentar el motivo, el recurrente invoco los siguientes precedentes contradictorios
- Invocó igualmente el Auto Supremo 436 de 15 de octubre de 2005, dictado en el
- El fundamento esencial para dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado, estriba en que
- Que, el fallo impugnado al anular la sentencia totalmente y disponer la reposición del juicio
- Que, el tribunal Ad- quem al haber dispuesto el reenvío también incurre en retardación de
- Que en la especie el Tribunal Ad-quem ha interpretado erróneamente la ultima parte del Art
- El Auto Supremo 112 de 31 de enero de 2007, emitido en el proceso penal
- Que en caso de existir vulneración a las reglas de la sana crítica que regulan
- Asimismo, invocó el Auto Supremo 336 de 13 de junio de 2011, pronunciado en el
- Por todo lo expuesto, siendo evidentes las denuncias formuladas en el Recurso de Casación que
- III.3. Análisis del caso concreto
- El contenido del recurso de casación expresado en el motivo, describe que el Auto de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
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