El recurrente pidió que a partir de su exposición y siendo evidente la violación y
I.2.1 Petitorio
El recurrente pidió que a partir de su exposición y siendo evidente la violación y aplicación de los arts. 149, 150, 151, 152, 153 y 159 del Código Procesal del Trabajo (CPT), y previa concesión de su recurso este Tribunal case el Auto de Vista impugnado, y revoque la Sentencia 67/2010, declarando improbada la demanda, con costas
El recurrente pidió que a partir de su exposición y siendo evidente la violación y aplicación de los arts. 149, 150, 151, 152, 153 y 159 del Código Procesal del Trabajo (CPT), y previa concesión de su recurso este Tribunal case el Auto de Vista impugnado, y revoque la Sentencia 67/2010, declarando improbada la demanda, con costas
- VISTOS: El recurso de casación cursante a fs
- En grado de apelación interpuesta por la parte demandada, como es visto en el memorial
- Contra el señalado Auto de Vista, Julio Enrique Osuna, propietario de PANAMERICANA TEXTIL-PANTEX Dry Cleaning,
- Añadió que si bien, la carga de la prueba le corresponde al empleador por expreso
- El recurrente pidió que a partir de su exposición y siendo evidente la violación y
- Frida Matilde Mullisaca Choque, contestó el recurso de casación formulado, mediante memorial cursante a fs
- En la especie, la parte recurrente cuestiona el Auto de Vista emitido por el Tribunal
- Debe precisarse que el error de derecho y el error de hecho en la ponderación
- II
- Desde esta perspectiva, la formulación de cargos por error de hecho en la valoración de
- Es más, el texto del recurso de casación que motiva este Auto Supremo, recae en
- Por lo expuesto hasta aquí, y en vistas que el recurrente no cumple con esas
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demandante en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
