Auto Supremo AS/0593/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación fiscal (fs. 10 a 15) y particular presentada por Mary Paz Salas Mena (fs. 38 a 44), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 07/2011 de 29 de marzo (fs. 867 a 875), por la que declaró a la imputada Isabel Salas Mena, absuelta de culpa y pena de la comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del CP, por insuficiencia de prueba. Cabe aclarar que se declaró probada la excepción de prescripción con relación al delito de Supresión o destrucción de documentos previsto y sancionado por el art. 202 del CP.

b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Mary Paz Salas Mena y el representante del Ministerio Público, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 939 a 942 vta. y fs. 944 a 945), resueltos por Auto de Vista 54/2011 de 31 de agosto (fs. 978 a 980 vta.), emitido por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró Admisibles e Improcedentes los recursos de apelación restringida