Auto Supremo AS/0593/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0593/2015-RA-L

Fecha: 17-Sep-2015

De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) Refiere que en la presente causa existió errónea interpretación y aplicación indebida de los arts. 330, 334 y 336 del Código de Procedimiento Penal (CPP), vulnerándose la Constitución Política del Estado (CPE) con relación a la seguridad jurídica y el debido proceso por las suspensiones injustificadas de la audiencia de juicio oral, vulnerándose los principios de inmediación y continuidad, aspecto que no fue observado por el Ad quem incumpliendo lo dispuesto por el art. 15 de la Ley de Organización Judicial (LOJabrg) y la jurisprudencia sentada por el Auto Supremo 100 de 25 de febrero de 2011. Siendo inexistentes los justificativos de las suspensión de la audiencia de juicio no debiendo confundirse los términos de receso y suspensión. Cita como precedente el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007 referido a la obligación de los Jueces y Tribunales de sustanciar el juicio sin dilaciones para evitar limitaciones de la memoria que influye en la toma de decisiones, ello – según la recurrente- para evitar errores en la apreciación y valoración como sucedió en el presente caso. Esta inobservancia de plazos constituiría un defecto previsto por el art. 169. 3) del CPP. Cita como otros precedentes los Autos Supremos 149/2010, 34/2007 43/2009 y “26 de marzo de 2009 “(sic), que señala adjuntar al presente recurso