Auto Supremo AS/0599/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0599/2015-RA

Fecha: 11-Sep-2015

Finalmente, en lo referente al motivo décimo, refirió que en presente caso, no se ha


Finalmente, en lo referente al motivo décimo, refirió que en presente caso, no se ha probado documentalmente la existencia de engaños o artificios y el elemento psíquico o voluntad de engañar, siendo el proceso impulsado por declaraciones falsas, tampoco está demostrado el enriquecimiento del imputado o disminución del patrimonio de la víctima. Invocó el Auto Supremo 237/2006, -sin precisar demás detalles referidos a la fecha-, mismo que no fue invocado a tiempo de interponer recurso de apelación restringida, pues los cuestionamientos realizados están dirigidos a la labor del Tribunal a quo, tampoco realizó la explicación clara y precisa de la contradicción que pudiere existir entre el precedente y el Auto de Vista impugnado, falencias que determinan disponer la inadmisibilidad del motivo planteado