Así en el informe del Área de Certificación de 23 de marzo de 2012 que
Así en el informe del Área de Certificación de 23 de marzo de 2012 que cursa a fs. 17, se habría evidenciado que Joaquín Fernando Bolívar Pérez, no contaría con planillas para certificar el periodo 05/86; en ese mismo sentido se remitieron al Área de Registro y según el informe técnico legal Nº 638/13 de la Comisión de Reclamación de 04 de junio de 2013, no corresponde la certificación de los periodos 05/81 al 05/86 (trabajado en el Banco Industrial y Ganadero del Beni), debido a que no se encontraría reconocido en el Estudio Matemático Actuarial de fs. 27 a 33, en relación que el asegurado no estaría consignado en la regional Cochabamba; aclarando que la elaboración de los Estudios Matemático Actuariales, sería de responsabilidad de cada entidad bancaria y no así del SENASIR
- CONSIDERANDO I
- El asegurado Joaquín Fernando Bolívar Pérez, mediante memorial cursante a fs
- De la revisión del recurso de casación en el fondo, se extrae como motivos del
- Así en el informe del Área de Certificación de 23 de marzo de 2012 que
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis en
- Los principios antes descritos componen no sólo la base en la que se asienta la
- Al respecto y en el caso concreto, cabe señalar que, el art
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que, el asegurado, al
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y certeza, que dichos
- En relación a que el Tribunal de Alzada, no consideró los arts
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
