Auto Supremo AS/0600/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0600/2015

Fecha: 08-Sep-2015

De la revisión del recurso de casación en el fondo, se extrae como motivos del

I.1.3 Auto de Vista
Notificado el asegurado con la Resolución de la Comisión de Reclamación, éste interpuso recurso de apelación mediante memorial que cursa a fs. 70, que fue resuelto a través del Auto de Vista 171/2014 de 5 de agosto (fs. 77 a 79 vta.), por el cual el Ad quem, revocó la Resolución de la Comisión de Reclamaciones Nº 00442/2013 de 25 de junio de 2013, disponiendo que el SENASIR, incluya en el cálculo de compensación de cotizaciones del asegurado, los periodos de mayo de 1981 a mayo de 1986 (5 años), conforme los fundamentos expuestos y la documentación referida.
I.2 Motivos del recurso de casación en el fondo
De la revisión del recurso de casación en el fondo, se extrae como motivos del mismo, los siguientes argumentos:
Manifestó la entidad recurrente que, los fundamentos de la resolución de segunda instancia en los numerales 4, 5 y 6 del considerando, serían contradictorias e incongruentes y vulnerarían la R.M. Nº 498 de 07 de septiembre de 2005, referido a la certificación de aportes de la banca privada, en función a los estudios matemático actuariales de conformidad a los arts. 1 de las Resoluciones Administrativas Nos. 774 de 20 de octubre de 1999 y 618 de 06 de noviembre de 2001, no procediendo la aplicación de los arts. 13 y 14 del Decreto Supremo (DS) Nº 227543 de 31 de mayo de 2004; además que en los estudios matemáticos actuariales del Banco Ganadero e Industrial del Beni S.A., no se contemplaría a la regional Cochabamba