Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs. 256 a 258, la controversia principal radica en determinar si el Tribunal de apelación incurrió en error de hecho en la apreciación y valoración de la prueba documental de fs. 21 a 141; si contradijo el principio de preclusión en cuanto a la valoración de la documental de fs. 209 a 211; y la verificación de la existencia de disposiciones contradictorias en la Resolución recurrida. Al respecto, para resolver la problemática planteada, corresponde partir de los siguientes criterios:
El art. 158 del CPT establece que el Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito, además de la conducta procesal observada por las partes. En este sentido, la norma glosada establece en definitiva que los jueces deberán fallar de conformidad a las razones jurídicas, la sana critica, reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, que como señala la doctrina, implican un conjunto de reglas que, en cierta medida, delimitan la labor del Juez al momento de apreciar la prueba, impidiéndole actuar arbitrariamente
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs. 256 a 258, la controversia principal radica en determinar si el Tribunal de apelación incurrió en error de hecho en la apreciación y valoración de la prueba documental de fs. 21 a 141; si contradijo el principio de preclusión en cuanto a la valoración de la documental de fs. 209 a 211; y la verificación de la existencia de disposiciones contradictorias en la Resolución recurrida. Al respecto, para resolver la problemática planteada, corresponde partir de los siguientes criterios:
El art. 158 del CPT establece que el Juez no estará sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formará libremente su convencimiento, inspirándose en los principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito, además de la conducta procesal observada por las partes. En este sentido, la norma glosada establece en definitiva que los jueces deberán fallar de conformidad a las razones jurídicas, la sana critica, reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, que como señala la doctrina, implican un conjunto de reglas que, en cierta medida, delimitan la labor del Juez al momento de apreciar la prueba, impidiéndole actuar arbitrariamente
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducido por Hugo Rodríguez Zeballos en representación del demandante (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación en el fondo interpuesto
- Señaló que, en cumplimiento al principio de inversión de la prueba, ENFE ha presentado suficientes
- Indicó que, el Auto de Vista atenta contra el principio de preclusión consagrado en el
- Manifestó que, el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias, al señalar que la relación laboral
- Finalizó el recurso solicitando al Tribunal de casación, delibere en el fondo y revoque el
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- Razonamientos y decisiones que este Tribunal Supremo los comparte al considerarlos justificables en derecho, tomando
- En ese contexto, de la revisión de antecedentes se evidencia que el demandado por
- En el caso concreto, siendo que por disposición del art
- Por lo referido, no se advierte que el Tribunal de apelación hubiere violado el principio
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, fundado en la causal de
- Sin embargo de lo expuesto y aun admitiendo la denuncia como una cuestión de forma,
- En cuanto a la cita del año 1999 en la liquidación de los derechos laborales,
- Bajo estos parámetros, se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
