VISTOS: El recurso de casación de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 601
Sucre, 08 de septiembre de 2015
Expediente: 310/2011-S
Demandante: Concepción Flores Chambi
Demandada: Empresa Nacional de Ferrocarriles
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación de fs. 256 a 258, interpuesto por Mirtha Angélica Rojas Peralta en representación de la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE), contra el Auto de Vista Nº 011/2011 de 8 de febrero, cursante a fs. 252 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social que por pago de derechos laborales sigue Concepción Flores Chambi contra la entidad recurrente; el Auto que concedió el recurso, de fs. 260; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juzgado Sexto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 05/2000 de 31 de enero (fs. 203 a 205), declarando improbada la demanda de fs. 2 y vta
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 601
Sucre, 08 de septiembre de 2015
Expediente: 310/2011-S
Demandante: Concepción Flores Chambi
Demandada: Empresa Nacional de Ferrocarriles
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación de fs. 256 a 258, interpuesto por Mirtha Angélica Rojas Peralta en representación de la Empresa Nacional de Ferrocarriles (ENFE), contra el Auto de Vista Nº 011/2011 de 8 de febrero, cursante a fs. 252 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso social que por pago de derechos laborales sigue Concepción Flores Chambi contra la entidad recurrente; el Auto que concedió el recurso, de fs. 260; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juzgado Sexto de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 05/2000 de 31 de enero (fs. 203 a 205), declarando improbada la demanda de fs. 2 y vta
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- En grado de apelación deducido por Hugo Rodríguez Zeballos en representación del demandante (fs
- El referido Auto de Vista, dio lugar al recurso de casación en el fondo interpuesto
- Señaló que, en cumplimiento al principio de inversión de la prueba, ENFE ha presentado suficientes
- Indicó que, el Auto de Vista atenta contra el principio de preclusión consagrado en el
- Manifestó que, el Auto de Vista contiene disposiciones contradictorias, al señalar que la relación laboral
- Finalizó el recurso solicitando al Tribunal de casación, delibere en el fondo y revoque el
- Así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fs
- Razonamientos y decisiones que este Tribunal Supremo los comparte al considerarlos justificables en derecho, tomando
- En ese contexto, de la revisión de antecedentes se evidencia que el demandado por
- En el caso concreto, siendo que por disposición del art
- Por lo referido, no se advierte que el Tribunal de apelación hubiere violado el principio
- Que así planteado el recurso de casación en el fondo, fundado en la causal de
- Sin embargo de lo expuesto y aun admitiendo la denuncia como una cuestión de forma,
- En cuanto a la cita del año 1999 en la liquidación de los derechos laborales,
- Bajo estos parámetros, se concluye no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
