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    Auto Supremo AS/0611/2015-RA-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0611/2015-RA-L

    Fecha: 17-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 14 de septiembre de 2011, que cursa de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Delma Ursula Patzi Ardiles formuló recurso de
    • c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 8 de
    • Del memorial de fs. 494 a 498, se extraen los siguientes motivos
    • 2) Por otro lado, transcribiendo la recurrente el cuarto considerando, tercer párrafo de la
    • 3) Por último, la recurrente, extractando el cuarto considerando del cuarto párrafo del Auto
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
    • En primer término, cabe recordar que este Tribunal de manera uniforme y reiterada ha establecido
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
    • Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que la recurrente cumplió con el primer requisito
    • Ahora bien, respecto al primer motivo, en el que transcribiendo el contenido del cuarto considerando
    • Por otra parte, dentro de este motivo la recurrente también denuncia, que el Tribunal de
    • Con relación al segundo motivo, en el que denuncia, que el Auto de Vista recurrido
    • No obstante de lo anterior, este Tribunal advierte que la recurrente fundamentó la vulneración a
    • Respecto al tercer motivo, en el que denuncia, que el Tribunal de alzada incumplió el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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