POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts. 184.1 de la CPE y los arts., 42.I.1 y 17.I de la LOJ de 24 de junio de 2010, ANULA el Auto de Vista N° 66/2011 de 2 de junio, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; disponiendo que el Tribunal de Alzada, sin espera de turno y previo sorteo emita un nuevo Fallo, absolviendo todos los agravios planteados por las partes en apelación
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- II
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- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
