Auto Supremo AS/0636/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0636/2015-RA-L

Fecha: 18-Sep-2015

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la querella (fs. 1 y vta.), una vez desarrollado y concluido el juicio oral y público, el Juez Segundo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Sentencia 18/08 de 26 de noviembre de 2008 (fs. 192 a 200); por la que, declaró a Hugo Héctor Pardo Rodríguez y José Abraham Delgadillo Ponce, absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del CP, por ser la prueba de cargo insuficiente para generar en el Juez la convicción sobre la responsabilidad penal de los imputados, conforme prevé el art. 363 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal (CPP), con costas de acuerdo al art. 364 del mismo Código