Por memorial presentado el 11 de junio de 2011, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 636/2015-RA-L
Sucre, 18 de septiembre de 2015
Expediente : Cochabamba 104/2011
Parte acusadora : Oscar Barrón Escobar y otra
Parte imputada : Hugo Héctor Pardo Rodríguez y otro
Delitos : Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de junio de 2011, cursante de fs. 236 a 238, Hugo Héctor Pardo Rodríguez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 07 de 01 de marzo de 2011, de fs. 229 a 231, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal que sigue Oscar Barrón Escobar y María Yolanda Claros de Barrón contra José Abraham Delgadillo Ponce y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 636/2015-RA-L
Sucre, 18 de septiembre de 2015
Expediente : Cochabamba 104/2011
Parte acusadora : Oscar Barrón Escobar y otra
Parte imputada : Hugo Héctor Pardo Rodríguez y otro
Delitos : Despojo y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 11 de junio de 2011, cursante de fs. 236 a 238, Hugo Héctor Pardo Rodríguez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 07 de 01 de marzo de 2011, de fs. 229 a 231, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal que sigue Oscar Barrón Escobar y María Yolanda Claros de Barrón contra José Abraham Delgadillo Ponce y el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 11 de junio de 2011, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por parte de los acusadores particulares
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado el 06 de junio de
- De los argumentos expuestos por el recurrente se extraen los siguientes motivos
- 2) El Auto de Vista quebranta el tenor del art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En autos, se constata que Hugo Héctor Pardo Rodríguez, fue notificado con el Auto de
- Así, en cuanto a la primera parte del primer agravio en el que se cuestiona
- Respecto a la segunda parte del mismo agravio, en el que el recurrente afirma que
- Respecto al segundo agravio, en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido denota
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
