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    Auto Supremo AS/0640/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0640/2015

    Fecha: 23-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: Los recursos de casación de fs
    • Interpuestos los recursos de apelación por ambas partes del proceso (fs
    • Dicha Resolución motivó también, que ambas partes del proceso, formulen recurso de casación (fs
    • Acusó que el fundamento esgrimido por el Auto de Vista recurrido, en relación a lo
    • Acusó también, error de derecho en la valoración de la literal de fs
    • Que, por lo señalado, el Tribunal de Alzada incurrió en violación de los arts
    • Acusó también que el Auto de Vista recurrido le negó su pretensión sin la debida
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y
    • I.2.2. Recurso de casación de fs. 563 a 564 vta., interpuesto por la parte actora
    • Afirmó que el Decreto Supremo (DS) Nº 28699 fue dictado en fecha 1 de mayo
    • Solicitó que el Tribunal Supremo de Justicia case parcialmente el Auto de Vista Nº 183/2014
    • Que, así formulados ambos recursos de casación, se ingresa a analizar los mismos, bajo los
    • Ahora bien, cabe indicar que tal apreciación resulta correcta, porque en el caso, el demandante
    • Cabe indicar que, los contratos de consultoría evidentemente no dan lugar a la posibilidad de
    • Bajo ese razonamiento, no resulta suficiente argüir que lo señalado en la cláusula décimo primera
    • A lo anotado, debe agregarse que el art
    • Al respecto debe recordarse, que conforme a la naturaleza propia del proceso laboral y su
    • A lo anotado, debe agregarse que la jurisprudencia señalada en el recurso de casación, que
    • Ahora bien respecto a la desvinculación laboral del actor debemos empezar señalando que, el derecho
    • Por otra parte, y en cuanto se refiere a la causal de desvinculación laboral, de
    • Si bien la entidad recurrente, acusa un error de derecho en la valoración de la
    • Elementos éstos que en el caso de examen, fueron adecuadamente valorados por el Tribunal de
    • Advirtiéndose además que si bien el Auto de Vista recurrido no contiene una ampulosa argumentación
    • Por lo anotado precedentemente, se infiere que las determinaciones en que se funda la Sentencia
    • Bajo estos parámetros se concluye que, al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
    • Corresponde manifestar que, en cuanto a la multa del 30% establecida en el DS Nº
    • Que, evidentemente el DS Nº 28699 fue creado bajo el espíritu de propugnar el resguardo
    • Bajo lo señalado, no deben efectuarse interpretaciones sesgadas de tal normativa, puesto que el resguardo
    • En consecuencia se evidencia, que la multa del 30% es aplicable ante el incumplimiento del
    • Consecuentemente, conforme lo expuesto, corresponde dar aplicación a los arts
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
    • Sin costas por ser doble recurso; así como sin responsabilidad de multa por ser excusable
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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