Auto Supremo AS/0640/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Por otra parte, y en cuanto se refiere a la causal de desvinculación laboral, de

Por otra parte, y en cuanto se refiere a la causal de desvinculación laboral, de la revisión de antecedentes se advierte que la entidad demandada no acreditó con prueba fehaciente que el motivo de la desvinculación laboral fuera por haber incurrido en alguna de las causales del art. 16 de la LGT y art. 9 del DR-LGT, sin percibir que la obligación de desvirtuar los términos de la demanda era de su incumbencia, debiendo haber adjuntando prueba que sustente su afirmación, como acertadamente determinaron los de instancia; en ese sentido, al no haber obrado de ese modo en la oportunidad procesal correspondiente, no acarrea sino una menor posibilidad de convencimiento al juzgador, respecto a su pretensión o afirmación