Auto Supremo AS/0640/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Bajo ese razonamiento, no resulta suficiente argüir que lo señalado en la cláusula décimo primera

Bajo ese razonamiento, no resulta suficiente argüir que lo señalado en la cláusula décimo primera o undécima del contrato de fs. 135 a 138, respecto a la supervisión, demostraría la carencia del elemento de subordinación y dependencia laboral, cuando el hecho allí establecido “sobre la permisión de acceder de manera libre a la información respecto al trabajo que realiza”, no resulta más que una obligación genérica, que en el ámbito laboral, es dable inclusive con mayor razón, debido a que el servicio que presta el trabajador, es para el empleador, y no así para sí mismo, dado el carácter de ajenidad del resultado