Auto Supremo AS/0640/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Si bien la entidad recurrente, acusa un error de derecho en la valoración de la

Si bien la entidad recurrente, acusa un error de derecho en la valoración de la prueba que cursa a fs. 110, consistente en la escritura pública de reconocimiento de deuda suscrito entre el actor y la entidad demandada en fecha 18 de diciembre de 2007, documento con el cual se demostraría que el trabajador habría incurrido en la causal del inc. g) del art. 16 de la LGT y su correspondiente del art. 9. g) del DR-LGT; empero el documento que cursa de fs. 110 a 116, es posterior a la fecha de conclusión de la relación laboral, como es el 30 de septiembre de 2007, de modo que no se encuentra una relación de causalidad entre los hechos afirmados en la literal mencionada y la causal de desvinculación laboral ocurrida meses antes, por lo que sería irresponsable privar al trabajador de sus beneficios sociales, salvo quinquenios consolidados, bajo la una posible presunción de que los hechos afirmados en la escritura pública mencionada, sean los motivos por los cuales la relación laboral concluyó entre ambos, por lo que, al no tener la certeza de causa efecto, no es posible casar el fallo recurrido con los consiguientes efectos en cuanto a los beneficios sociales, debiendo mantenerse los mismos, conforme se dispuso por el fallo recurrido