Auto Supremo AS/0640/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0640/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Ahora bien, cabe indicar que tal apreciación resulta correcta, porque en el caso, el demandante

Ahora bien, cabe indicar que tal apreciación resulta correcta, porque en el caso, el demandante fue contratado en calidad de Administrador del Programa Regional de Apoyo a los Pueblos Indígenas de la Cuenca del Amazonas, empero, se colige que la prestación de servicios se materializó bajo una relación obrero patronal, al haber concurrido las características esenciales que hacen a una relación laboral, previstas en el art. 1 del DS Nº 23570 de 26 de julio de 1993 y ratificados en la actualidad por el art. 2 del DS Nº 28699 de 1º de mayo de 2006, ello es así porque, de antecedentes se evidencia que el demandante prestó sus servicios bajo dependencia y subordinación de la parte demandada, al recibir directrices para elaborar su trabajo, prestando sus servicios por cuenta ajena, cancelándosele una remuneración mensual en contraprestación al trabajo realizado y cumpliendo el horario de trabajo que se le impuso