Acusó que según el Informe Senasir UNO/ ADR/ ACHM N° 2193/2013 de 6 de diciembre
Acusó que según el Informe Senasir UNO/ ADR/ ACHM N° 2193/2013 de 6 de diciembre cursante de fs. 51 a 53, que fue emitido de conformidad al Informe de la Comisión Revisora de Rentas en Curso de Pago de 31 de julio de 2006 de fs. 28, se demostró la inconsistencia en la densidad de cotizaciones en el régimen básico de la rentista en los periodos 08/64 a 12/67, 01/80 a 07/81, 08/81 a 02/87 y 12/94, debido a que no figura en planillas, haciendo un total de 93 cotizaciones, no cumpliendo con la densidad mínima de 180 cotizaciones como señala el art. 23 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición (MPRCPA), aprobado por la Resolución Secretarial (RS) N° 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997
- CONSIDERANDO I
- Ante dicho Auto la Sra
- Dicha resolución fue recurrida en apelación por la rentista (fs
- Dicha resolución motivó que el Senasir, por intermedio de su representante legal, presente recurso de
- Refirió también que los certificados de aportes de la Caja Nacional de Salud (CNS) cursantes
- Acusó que según el Informe Senasir UNO/ ADR/ ACHM N° 2193/2013 de 6 de diciembre
- Finalmente señaló como normas violadas el art
- CONSIDERANDO II
- Los principios antes descritos componen no sólo la base en la que se asienta la
- Estando establecido el panorama normativo sobre el derecho a la jubilación reconocido constitucionalmente, es menester
- De esta forma una comprensión en contrario, es decir, disposiciones de cualesquier naturaleza que tiendan
- Ahora, también es menester recordar que desde 1955, a través del Código de Seguridad Social
- Es necesario indicar también que el art
- Bajo dicha normativa y revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que la
- En ese sentido, el análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- Bajo tales antecedentes, se advierte que el Tribunal Ad quem, fundamentó y basó su fallo
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en el art
- Por consiguiente, al no ser evidentes las infracciones normativas denunciadas en el recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
