Auto Supremo AS/0655/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0655/2015

Fecha: 23-Sep-2015

En ese sentido, el análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y

En ese sentido, el análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a la certeza de que estos aspectos no fueron tomados en cuanta por los representantes del Senasir a momento de emitir sus resoluciones, correspondiendo en el caso presente calificar a favor de la solicitante los periodos efectivamente trabajados correspondientes a las gestiones agosto/64 a diciembre/67, enero/80 a julio/81, agosto/81 a febrero/87 y diciembre/94, los cuales fueron desconocidos por el Senasir, aspecto que fue subsanado por el Tribunal de Segunda Instancia, en base a una correcta y adecuada valoración de la prueba, conforme determina el art. 397 del CPC, aplicable al caso de autos por la permisión del art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social (R-CSS)