Auto Supremo AS/0677/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0677/2015

Fecha: 28-Sep-2015

Contra dicha resolución, la entidad demandada formuló recurso de casación en el fondo, conforme al

I.2.1. Motivos del recurso de casación
Contra dicha resolución, la entidad demandada formuló recurso de casación en el fondo, conforme al memorial de fs. 180 vta., que en lo esencial de su contenido y para efectos de la resolución a expedirse, acusó:
Que no se efectúo una correcta evaluación de la prueba cursante en obrados en relación a la procedencia de la multa del 30%, puesto que la misma se opera cuando el trabajador opta de manera evidente e inequívoca por la opción de acceder al pago de beneficios sociales descartando cualquier intención de buscar su reincorporación; en tal sentido, el demandante se hallaba dentro del grupo que solicitaba su reincorporación, consecuentemente el plazo para el pago efectivo de sus beneficios sociales se debería contar a partir del momento en que este expresó su intención de dejar de lado su voluntad de acogerse a la reincorporación, intención que de manera incontrovertible se demuestra cuando el demandante procede a sellar el finiquito en el Ministerio de Trabajo y no así desde su retiro