POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación y/o nulidad interpuesto por Grover Villanueva Tapia en representación del Lloyd Aéreo Boliviano S.A. Con costas
- VISTOS: El recurso de casación y/o nulidad de fs
- En grado de apelación deducido por el representante del Lloyd Aéreo Boliviano S
- Contra la resolución de segundo grado,
- b) Señala, que en aplicación de los principios de justicia y equidad corresponde dejar sin
- Denuncia que el Auto de vista
- En referencia al reclamo de que
- Por lo expuesto, resulta evidente que el Tribunal de segunda instancia no vulnero el
- La entidad recurrente solicita la
- Al respecto, es preciso referir que, las nulidades se rigen por tres principios básicos, que
- En el caso que motiva autos, el reclamo del empleador por el cual pretende la
- Finalmente corresponde establecer que, ante problemáticas similares a la presente, este Tribunal ya emitió criterio
- Por lo expuesto, este Tribunal Supremo concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
