Con relación a los tres motivos denunciados por los recurrentes, relativos a que su recurso
Con relación a los tres motivos denunciados por los recurrentes, relativos a que su recurso de apelación restringida no fue resuelto infringiendo el art. 413 del CPP; que la Sentencia inobservó el art. 370 incs. 8) y 11) del CPP, porque hizo mención a que las pruebas producidas demostraron la resiembra de quinua, cuando ya se encontraba sembrada por parte de los querellantes, incurriendo en contradicción entre la parte considerativa y la resolutiva, aspecto que reputa no fue resuelto en apelación; y, que ante la falta de competencia de parte del Tribunal de Sentencia para condenar por un delito de acción privada, el Tribunal de alzada, una vez que determinó la nulidad del fallo, debió disponer un nuevo juicio y no dictar el sobreseimiento de manera directa, se evidencia que los impugnantes, en ninguno de los motivos descritos, invocaron precedente contradictorio alguno, ni establecieron fundadamente la eventual contradicción con los argumentos del Auto de Vista impugnado, impidiendo que este órgano cumpla con su labor nomofiláctica de unificación de jurisprudencia ante la ausencia de cita de doctrina legal que permita realizar la labor de contrastación, inobservando lo establecido por los arts. 416 y 417 del CPP, referidos a la procedencia y requisitos indispensables que viabilicen la admisibilidad del recurso de casación, incurriendo en una omisión que no puede ser suplida de oficio
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por otra parte, declaró a Rubén y Saúl, ambos Anze Yucra; y a David Choque
- b) Contra la referida Sentencia, los acusadores particulares David Mendoza Moreira, Benedicto Cornejo Cayhuara, Julián
- Del recurso de casación formulado por David Mendoza Moreira y Williams Choque Martínez, y de
- 2) Manifiestan que la Sentencia infringió el art
- 3) Agregan que los imputados Luis Gonzalo Choque Romero y Eleuterio Primero Choque Martínez, fueron
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recurrentes David Mendoza Moreira y Willams
- Con relación a los tres motivos denunciados por los recurrentes, relativos a que su recurso
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
