Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las nulidades, cuya finalidad es la de asegurar la garantía jurisdiccional de la defensa (art. 15 parágrafo III de la CPE); sin embargo, la nulidad procesal encuentra su límite en los principios que la rigen y a su vez excluyen los actos de la nulidad procesal; pues, bajo ningún aspecto se puede consentir el uso indiscriminado de esta institución, que de forma lógica atenta al principio de celeridad que es una de las características principales de nuestro actual sistema procesal, por lo que resulta trascendental dejar sentando que no todo defecto y/o irregularidad en un acto procesal o en un procedimiento tiene como efecto la nulidad, tal cual señala nuestra normativa
- Por memorial presentado el 21 de febrero de 2011, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, Carmen Subirana Flores, apoderada de la acusadora particular Rosario
- La recurrente solicita que en una verdadera expresión de justicia, se restauren sus derechos y
- Mediante Auto Supremo 487/2015-RA-L de 13 de agosto, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- II.2. De la apelación restringida
- II.3.Del Auto de Vista
- Este Tribunal, mediante el Auto Supremo 550/2014-RRC de 15 de octubre, se refirió sobre las
- En la legislación boliviana, el Código de Procedimiento Penal, en la primera parte (Parte General),
- En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
- Por otra parte, el art
- El art. 170 del CPP, refiere: “Los defectos relativos quedarán convalidados en los siguientes casos
- Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
- El principio de finalidad de las formas o de instrumentalidad de las nulidades procesales, mantiene
- El principio de protección, referido a que nadie puede solicitar la invalidez de un acto
- El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
- Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
- Análisis del caso concreto
- Ahora bien, la denuncia de la recurrente, versa fundamentalmente en la vulneración de la ley
- En este sentido, si bien en el recurso de casación la recurrente identifico él y
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
