POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184.1 de la CPE y el art. 42.I.1 de la LOJ, declara IMPROCEDENTE el recurso de fs. 1680 a 1681 interpuesto por Gonzalo Villegas Vacaflor e INFUNDADO el recurso de fs. 1689 a 1691 interpuesto por Wilfredo Abecia Mamani respectivamente, contra el Auto de Vista N° 85/2010 de 30 de noviembre cursante de fs. 1665 a 1669 vta
- CONSIDERANDO I
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la entonces Corte Superior de
- Acusa al Tribunal de apelación de haber incurrido en las causales del art
- Agrega que la Sentencia debe ser congruente y deben resolver todas las cuestiones que hayan
- Que el recurso de apelación busca la reparación del daño inferido por el inferior por
- Concluyó solicitando se le conceda el recurso de CASACION“…contra el Auto de Vista 85/2010 de
- Acusa al Tribunal de apelación de haber incurrido en razonamientos contradictorios, falsa interpretación de sus
- Agrega que al señalar en el Auto de Vista que dichas literales ya fueron valoradas
- Concluye señalando que en mérito a lo anterior también se vulneró el art
- Solicita se le conceda el recurso y que éste Tribunal CASE el Auto de Vista
- Procederá el recurso de casación en el fondo
- 2) Cuando contuviere disposiciones contradictorias
- Conforme se puede advertir, tales causales, conforme su nombre indica, constituyen causales por las cuales
- Asimismo, en el art
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al Tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- En el caso presente, el recurrente alega que el Tribunal de apelación incurrió en las
- Tan evidente es el incumplimiento de los requisitos formales en el recurso que concluyó solicitando
- Por lo expuesto y toda vez que el recurso no cumple con los requisitos mínimos
- El aspecto central por los cuales acusa la infracción de los arts
- Sobre estas conclusiones el Tribunal de apelación agregó que las mismas no cumplen con los
- Asimismo, corresponde aclarar que la referencia en sentido que tales probanzas ya fueron consideradas en
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde resolver el presente recurso, aplicando las disposiciones
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
