CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L
Auto Supremo: 737/2015 - L
Sucre: 01 de Septiembre 2015 Expediente: CB– 64 – 11 – S Partes: Sergio Quisbert Castillo c/ Glenda Ayala Gómez
Proceso: Divorcio Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma como en el fondo de fs. 118 a 119 y vta., interpuesto por Glenda Ayala Gómez, contra el Auto de Vista REG/S.CII/RR/ASEN.36/26.01.2011 de 26 de enero de 2011 de fs. 115 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba) en el proceso ordinario de Divorcio, seguido por Sergio Quisbert Castillo contra Glenda Ayala Gómez; la respuesta al recurso de fs. 122 a 124; el Auto de concesión de fs. 130; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sergio Quisbert Castillo, por memorial de fs. 17 a 18, adjuntado las literales de fs. 1 a 16, interpone demanda de divorcio, ante el Juzgado de Partido Segundo de Familia del Distrito Judicial de Cochabamba en la vía ordinaria contra Glenda Ayala Gómez, arguyendo haber contraído matrimonio civil en fecha 27 de julio de 1985, que en vigencia de su matrimonio procrearon cuatro hijas: Wendy Quisbert Ayala nacida el 29 de octubre de 1986; Massiel Quisbert Ayala nacida el 04 de abril de 1992, Karen Quisbert Ayala nacida el 09 de enero de 1997 y Joseth Quisbert Ayala nacida el 05 de julio de 2002
Auto Supremo: 737/2015 - L
Sucre: 01 de Septiembre 2015 Expediente: CB– 64 – 11 – S Partes: Sergio Quisbert Castillo c/ Glenda Ayala Gómez
Proceso: Divorcio Distrito: Cochabamba
VISTOS: El recurso de casación en la forma como en el fondo de fs. 118 a 119 y vta., interpuesto por Glenda Ayala Gómez, contra el Auto de Vista REG/S.CII/RR/ASEN.36/26.01.2011 de 26 de enero de 2011 de fs. 115 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Cochabamba (hoy Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba) en el proceso ordinario de Divorcio, seguido por Sergio Quisbert Castillo contra Glenda Ayala Gómez; la respuesta al recurso de fs. 122 a 124; el Auto de concesión de fs. 130; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sergio Quisbert Castillo, por memorial de fs. 17 a 18, adjuntado las literales de fs. 1 a 16, interpone demanda de divorcio, ante el Juzgado de Partido Segundo de Familia del Distrito Judicial de Cochabamba en la vía ordinaria contra Glenda Ayala Gómez, arguyendo haber contraído matrimonio civil en fecha 27 de julio de 1985, que en vigencia de su matrimonio procrearon cuatro hijas: Wendy Quisbert Ayala nacida el 29 de octubre de 1986; Massiel Quisbert Ayala nacida el 04 de abril de 1992, Karen Quisbert Ayala nacida el 09 de enero de 1997 y Joseth Quisbert Ayala nacida el 05 de julio de 2002
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Refiere también que a la fecha se encontrarían separados de vida matrimonial por más de
- Respecto a la situación de las hijas, refiere el demandante estar pasando una asistencia familiar
- Bajo estas circunstancias al amparo del art
- Contra esa Resolución de primera instancia, la parte demandada de fs
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Finalmente pide que el Tribunal de Casación en observancia de los arts
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Y desde esa perspectiva, son los instrumentos jurídicos y los Tribunales supranacionales los que han
- En nuestro ámbito y en ese mismo contexto la Constitución Política del Estado Plurinacional de
- De la revisión de obrados se tiene que a fs
- De lo manifestado, se concluye que la Resolución de alzada al ser suscrita por el
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el 271 num
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No siendo excusable el error, se impone multa de un día de haber al Vocal
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
