Auto Supremo AS/0737/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0737/2015

Fecha: 01-Sep-2015

En nuestro ámbito y en ese mismo contexto la Constitución Política del Estado Plurinacional de

En nuestro ámbito y en ese mismo contexto la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en la primera parte del art. 120 expresa: “Toda persona tiene derecho a ser oída por una autoridad jurisdiccional competente, independiente e imparcial…”. De donde se tiene que el principio de imparcialidad deriva del principio de igualdad ante la Ley, referido también a la adopción de resoluciones fundadas en normas superiores y según los procedimientos establecidos materializados a través del derecho de acceso a una tutela jurídica efectiva, cuya finalidad es asegurar la garantía del desarrollo transparente de los procesos