En la forma
CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:
Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente:
En la forma:
Acusa violación flagrante del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, disposición legal que obliga al Auto de Vista circunscribirse a todos los puntos resueltos por el inferior que hubieran sido objeto de fundamentación y apelación. En el presente caso no se habrían analizado los puntos apelados, limitándose de manera genérica y escueta señalar que la apelación carecería de fundamentación y que el A quo habría valorado a cabalidad todas y cada una de las pruebas cursante en obrados, conforme lo disponen los arts. 1.286 del Sustantivo Civil y 397 del Adjetivo Civil, siendo uno de los puntos apelados y el más importante no analizado debidamente por el Tribunal de Alzada, la prueba pericial determinante en el caso por la naturaleza del proceso
Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente:
En la forma:
Acusa violación flagrante del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, disposición legal que obliga al Auto de Vista circunscribirse a todos los puntos resueltos por el inferior que hubieran sido objeto de fundamentación y apelación. En el presente caso no se habrían analizado los puntos apelados, limitándose de manera genérica y escueta señalar que la apelación carecería de fundamentación y que el A quo habría valorado a cabalidad todas y cada una de las pruebas cursante en obrados, conforme lo disponen los arts. 1.286 del Sustantivo Civil y 397 del Adjetivo Civil, siendo uno de los puntos apelados y el más importante no analizado debidamente por el Tribunal de Alzada, la prueba pericial determinante en el caso por la naturaleza del proceso
- Partes: Marcela Modesta Almanza de Sánchez. c/ “FINANCIERA ACCESO” S.A
- Proceso: Proceso Ordinario con Pretensión Declarativa
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I:
- Citados los demandados, por memorial de fs
- Sustanciado el proceso la Juez Noveno de Partido en los Civil de la ciudad de
- Contra esa resolución de primera instancia la demandante Marcela Modesta Almanza de Sánchez interpuso recurso
- En la forma
- En el fondo
- 2
- 3
- Por lo que pide al superior en grado anule el Auto de Vista recurrido y
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Acusa que el Auto de Vista objeto del recurso de casación, habría violado flagrantemente el
- El art
- Así también el art
- En el caso presente, emitida que fue la sentencia de primera instancia de 20 de
- Del examen del Auto de Vista impugnado se evidencia que el Ad quem al anular
- Por todo lo expuesto, corresponde a este Supremo Tribunal fallar en la forma prevista por
- POR TANTO: La Sala Civil de Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error no se impone multa
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
