Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare probada su
Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare probada su reconvención
- Partes: Junta de Vecinos de “Ovejuyo”. c/ Francisco Aguilar Mamani y otro
- Proceso: Mejor derecho de propiedad y otros
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDOI:
- Fallo que primera instancia que fue recurrido de apelación y resuelto mediante Auto de Vista
- CONSIDERANDO II:
- Acusa que la reconvención fue dirigida en contra de Isaac Gonzales y no a la
- Señala que siendo una acción en contra de una entidad pública, debió cumplirse con el
- Sostiene que no se trabó la relación procesal, pues en la resolución de fs
- Señala que se ha vulnerado el art
- Acusa que en el quinto considerando se refiere al origen de los derechos empero no
- Refiere que el peritaje elaborado parcialmente determina que su inmueble no se halla dentro de
- Acusa que el Ad quem en el séptimo considerando, se hace referencia al art
- Acusa que el Ad quem no se pronunció sobre todos los puntos menos precisaron sobre
- Manifiesta que el Auto de complementación del A quo, infringe la obligación de absolver y
- Refiere que la Junta de vecinos de Ovejuyo, inició demanda con ausencia de mandato expreso,
- Señala que el juzgador aplicó el art
- Por lo que solicita se case el Auto de Vista y se declare probada su
- CONSIDERANDO III:
- Consiguientemente se dirá que la causa, es tramitada con pretensiones de ambas partes, así se
- Sin embargo de que las pretensiones en forma parcial hayan desfavorecido al ente público, el
- El criterio expuesto precedentemente, no es nuevo sino que el mismo se remonta a antecedentes
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales de la Sala Civil Tercera
- En virtud a lo previsto por el art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
