Auto Supremo AS/0806/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0806/2015

Fecha: 16-Sep-2015

Refiere que la Junta de vecinos de Ovejuyo, inició demanda con ausencia de mandato expreso,

Refiere que no haberse demostrado haberse transferido el bien a diferentes personas, asimismo refiere que en lo relativo a aspecto socio-históricos y alcances del D. S. de 23 de abril de 1907, no tiene vigencia y aplicación, por lo que solicita se emita resolución conforme a derecho.
RECURSO DE CASACIÓN DE FRANCISCO AGUILAR MAMANI (FS. 608 a 609 vta.)
En el fondo.-
Refiere que la Junta de vecinos de Ovejuyo, inició demanda con ausencia de mandato expreso, refiriendo que el Municipio asume defensa invocando que el Decreto Supremo de 23 de abril de 1907, las alcaldías debían determinar sus derechos sobre aires de río que se encuentran en radios urbanos, por lo que base a ello inscribió su título en la gestión de 1976, sobre un área de 1.427.373 Mts2.; y de parte del recurrente asumió defensa exhibiendo su título de propiedad emergente de una transferencia efectuada por Francisco Aguilar Ticona, el que adquirió su título en base a un juicio de afectación agraria, que registró su titulo en la gestión de 1971