Asimismo del apersonamiento del demandado (fs
Asimismo del apersonamiento del demandado (fs. 22 a 23 y vta.), se puede observar que interpone excepción previa de puro derecho de transacción, en base al mencionado documento, por lo que al existir un acuerdo previo y voluntario de las partes (demandante y demandado) no existiría porque litigar, excepción que fue declarada IMPROBADA por auto de 14 de agosto de 2010 cursante de fs. 61 a 62 y vta., mismo que quedó consolidado pues no fue apelado, de lo que claramente se tiene que dicho documento no es considerado prueba valedera para ninguna de las dos partes en contienda, así como el juzgador ha evaluado y otorgado valor parcial al documento, disponiendo que sea en ejecución se establezcan los otros bienes y el porcentaje que les corresponderá a cada uno
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución de primera instancia, la parte demandada de fs
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Asimismo la Sentencia en su considerando quinto concluye que la demandante tiene bienes propios sin
- En esos antecedentes expuestos solicita Anular el proceso hasta el momento de dictarse
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Acusa que la Sentencia de 21 de enero de 2011 no se encontraría debidamente motivada,
- De la revisión y análisis del recurso de forma interpuesto, se tiene que el mismo
- De la revisión se tiene que el Auto de Relación Procesal de fecha 28 de
- Asimismo del apersonamiento del demandado (fs
- Se tiene que de la revisión de la Sentencia cursante de fs
- De la revisión del Auto de Vista de fs
- En ese antecedente se establece que el tantas veces mencionado documento de fs
- Concluyendo que no resultan correctas las aseveraciones formuladas en el recurso de fondo, corresponde emitir
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
