En ese antecedente se establece que el tantas veces mencionado documento de fs
De lo que claramente se establece que el hoy recurrente no pudo probar ni desestimar la pretensión a contrario, siendo en todo caso la prueba testifical tanto de cargo como de descargo favorable a la demandante en cuanto al vínculo de unión libre que hubiere existido entre la demandante y el demandado y que en el tiempo de convivencia comprobado la misma habría dedicado atención en dicha tienda dedicándose a la actividad de venta, generándose por ello un mayor crecimiento de la tienda de abarrotes, es en ese antecedente que corresponde señalar que ante la insuficiente prueba producida en primera instancia respecto a la existencia y condición de ganancialidad de los bienes de la comunidad conyugal, resulta correcta la decisión del Tribunal de Alzada en sentido de diferir la determinación de los bienes gananciales a ejecución de Sentencia, oportunidad en la que las partes podrán probar lo que en derecho corresponda.
En ese antecedente se establece que el tantas veces mencionado documento de fs. 17 (CAPITULACION MATRIMONIAL) tiene valor parcial y por lo tanto el juzgador defirió correctamente que la determinación de los bienes en duda sean tratados en ejecución de Sentencia con mayores elementos de prueba que ayuden a establecer con mayor precisión la ganancialidad de los bienes en disputa, siendo así que el recurrente no acreditó de manera clara aquello, por lo que tampoco tiene apoyo como para emitir pronunciamiento respecto a las acusaciones de la valoración de la prueba, que más allá de que la valoración no le haya satisfecho, no quiere decir que el Juez haya valorado mal, teniendo en cuenta además que es atribución privativa de los jueces de instancia, aspecto que es incensurable en esta etapa casacional
En ese antecedente se establece que el tantas veces mencionado documento de fs. 17 (CAPITULACION MATRIMONIAL) tiene valor parcial y por lo tanto el juzgador defirió correctamente que la determinación de los bienes en duda sean tratados en ejecución de Sentencia con mayores elementos de prueba que ayuden a establecer con mayor precisión la ganancialidad de los bienes en disputa, siendo así que el recurrente no acreditó de manera clara aquello, por lo que tampoco tiene apoyo como para emitir pronunciamiento respecto a las acusaciones de la valoración de la prueba, que más allá de que la valoración no le haya satisfecho, no quiere decir que el Juez haya valorado mal, teniendo en cuenta además que es atribución privativa de los jueces de instancia, aspecto que es incensurable en esta etapa casacional
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra esa Resolución de primera instancia, la parte demandada de fs
- Del contenido del Recurso de Casación se tiene lo siguiente
- Asimismo la Sentencia en su considerando quinto concluye que la demandante tiene bienes propios sin
- En esos antecedentes expuestos solicita Anular el proceso hasta el momento de dictarse
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Acusa que la Sentencia de 21 de enero de 2011 no se encontraría debidamente motivada,
- De la revisión y análisis del recurso de forma interpuesto, se tiene que el mismo
- De la revisión se tiene que el Auto de Relación Procesal de fecha 28 de
- Asimismo del apersonamiento del demandado (fs
- Se tiene que de la revisión de la Sentencia cursante de fs
- De la revisión del Auto de Vista de fs
- En ese antecedente se establece que el tantas veces mencionado documento de fs
- Concluyendo que no resultan correctas las aseveraciones formuladas en el recurso de fondo, corresponde emitir
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
