En la forma
CONSIDERANDO II:
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En la forma:
Acusa la nulidad del sorteo de fs. 75 y del Auto de Vista por la infracción de los artículos 17 y 32 de la ley del Órgano Judicial, toda vez que, el decreto de sorteo solamente estaría firmado por la vocal Teresa L. Ardaya y la secretaria de Cámara de la Sala Civil, vicio que lo torna nulo de pleno derecho al afectar su legítimo derecho a la inalterabilidad de los procedimientos judiciales y al debido proceso legal
DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En la forma:
Acusa la nulidad del sorteo de fs. 75 y del Auto de Vista por la infracción de los artículos 17 y 32 de la ley del Órgano Judicial, toda vez que, el decreto de sorteo solamente estaría firmado por la vocal Teresa L. Ardaya y la secretaria de Cámara de la Sala Civil, vicio que lo torna nulo de pleno derecho al afectar su legítimo derecho a la inalterabilidad de los procedimientos judiciales y al debido proceso legal
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
- En el fondo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto, cabe indicar a la parte recurrente que en el ámbito de las nulidades
- En la sub lite, la sola firma de la Dra
- Respecto a los argumentos de fondo, la supuesta errónea valoración de la prueba, no se
- Finalmente, desde la puesta en vigencia de la nueva Constitución Política del Estado en el
- Por dicho motivo, corresponde fallar conforme lo disponen los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
