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    Auto Supremo AS/0857/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0857/2015

    Fecha: 30-Sep-2015

    Por dicho motivo, corresponde fallar conforme lo disponen los arts

    Por dicho motivo, corresponde fallar conforme lo disponen los arts. 271 num. 1), 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil
    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En la forma
    • En el fondo
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Al respecto, cabe indicar a la parte recurrente que en el ámbito de las nulidades
    • En la sub lite, la sola firma de la Dra
    • Respecto a los argumentos de fondo, la supuesta errónea valoración de la prueba, no se
    • Finalmente, desde la puesta en vigencia de la nueva Constitución Política del Estado en el
    • Por dicho motivo, corresponde fallar conforme lo disponen los arts
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
    • Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani

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