En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, emitió el Auto de Vista cursante de fs. 135 a 136, por el que anula el auto de concesión de alzada de 12 de diciembre de 2014 y de contrario declara la ejecutoria de la sentencia
- Auto Supremo: 04/2016 Sucre: 11 de enero 2016 Expediente: CB-55-15-S
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por Jorge Eduardo Álvarez Claros mediante
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Resolución que dio lugar al recurso de casación formulado por parte de Jorge Eduardo Álvarez
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Refiere que el Juez de primera instancia clausuró el término probatorio mediante Auto de 24
- De la revisión de antecedentes, se verifica que el argumento en que se sustenta el
- 2
- En ese contexto en el caso de autos, de la lectura del recurso de casación
- Bajo esos antecedentes, resulta inadecuado el planteamiento realizado por la parte recurrente, que no comprendió
- Por lo expresado, corresponde emitir resolución conforme prevé el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por
- Se regulan los honorarios del profesional abogado en la suma de Bs. 1.000
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
