Realizando una fundamentación jurídica del tipo penal de Violación de Niño, Niña o Adolescente, el
Realizando una fundamentación jurídica del tipo penal de Violación de Niño, Niña o Adolescente, el Tribunal de Sentencia concluyó que se probó más allá de la duda razonable, que el acusado es autor del delito atribuido, porque tenía el dominio del hecho, que la acción tenía el fin de mantener relaciones sexuales con la menor, que solo él podía cambiar el destino final de la víctima, pero no lo hizo; toda vez que la prueba aportada por la acusación generó convicción suficiente sobre la responsabilidad del acusado, que por unanimidad, se lo declaró culpable, imponiendo la pena de 15 años sin derecho a indulto; tomando como atenuante la juventud del imputado y el carecer de antecedentes penales, permitiendo su fijación la enmienda y reincorporación a la sociedad
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 17/2014 de 4 de diciembre (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Efectuando la transcripción de la fundamentación jurídica desarrollada en la Sentencia emitida en la causa,
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 397/2015-RA de 17 de junio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- El Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Chuquisaca, tramitado el juicio oral y
- Realizando una fundamentación jurídica del tipo penal de Violación de Niño, Niña o Adolescente, el
- II.2. De la Apelación Restringida
- Emitida la Sentencia, el imputado interpone el recurso de apelación restringida en base a los
- De la Teoría del delito, se tiene que el delito atribuido es compuesto; que los
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- El Tribunal de alzada emitió el Auto de Vista 134/2015 de 13 de abril de
- Este Tribunal admitió el presente recurso, abriendo su competencia a fin de verificar la supuesta
- III.1. Doctrina legal asumida en el precedente invocado
- El recurrente invoca en su recurso, el Auto Supremo 176/2013-RRC de 24 de junio, que
- Por lo referido se tiene que el Tribunal de alzada, al no haber limitado su
- III
- En el régimen procesal penal vigente, la valoración de la prueba está regida por el
- Asimismo este Tribunal se determinó la labor de los Tribunales de apelación, a través a
- Por su parte, el Auto Supremo 277/2008 de 13 de agosto, entre otros, precisó que:
- III.3. Análisis del caso concreto
- Del análisis de los antecedentes, se establece que el recurrente alegó como uno de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
