Auto Supremo AS/0049/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

d) Finalmente respecto a que el Ministerio Público habría actuado maliciosamente, al no incluir como


c) En cuanto a la vulneración del inc. 6) del art. 370 del CPP, señala que en el caso de autos, el juez de mérito valoró toda la prueba producida en juicio oral y conforme a las reglas de la sana crítica, de acuerdo a la disposición contenida en el art. 173 del citado Código.

d) Finalmente respecto a que el Ministerio Público habría actuado maliciosamente, al no incluir como prueba el hacha porque la misma no contenía manchas de sangre, y que el Tribunal no habría valorado la certificación emitida por la subgerencia del Banco Sol, concluyó el Tribunal de apelación que el de mérito determinó que el arma que se utilizó para cometer el ilícito fue el hacha, además se analizó la documentación de la deuda, determinando que a la fecha del fallecimiento no tenían deuda pendiente