Auto Supremo AS/0049/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0049/2016-RRC

Fecha: 21-Ene-2016

Del memorial del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 440/2015-RA de 29 de


b) Contra la mencionada Sentencia y su Auto Complementario, la imputada Yola Gloria Nina Amaru, formuló recurso de apelación restringida (fs. 288 a 293), resuelto por Auto de Vista 18/2015 de 16 de marzo, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada, motivando la formulación de recurso de casación.

I.1.1. Motivos del recurso

Del memorial del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 440/2015-RA de 29 de junio (fs. 378 a 380 vta.), se extraen los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, sobre los cuales, este Tribunal circunscribirá su análisis conforme al mandato establecido en el art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP):

1) La recurrente menciona que en su recurso de apelación restringida, denunció que la Sentencia contiene errónea aplicación de la Ley Sustantiva, que bajo el principio de tipicidad el Tribunal de Sentencia, debía fundamentar la Sentencia imputando acciones reales y lógicas, subsumiendo su conducta al tipo penal tomando en cuenta el verbo rector del tipo de Asesinato que es “matar”, cuestionando el habérsele atribuido la muerte de su esposo por relaciones sentimentales deterioradas; aspecto que no fue resuelto por el Tribunal de apelación, porque no existe fundamentación coherente que establezca de manera clara la subsunción de la acción, ante la inexistencia de alguna declaración que determine su participación en el hecho, motivo por el que debía anularse la Sentencia en virtud al inc. 1) del art. 370 del CPP. Cita como precedente contradictorio el Auto Supremo 231/2006