Por memorial presentado el 22 de abril de 2015, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 049/2016-RRC
Sucre, de 21 enero de 2016
Expediente: La Paz 81/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Yola Gloria Nina Amaru y otra
Delito: Asesinato
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de abril de 2015, cursante de fs. 356 a 360 vta., Yola Gloria Nina Amaru, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 18/2015 de 16 de marzo, de fs. 331 a 333 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Vidal Alfredo Santalla Roque contra la recurrente y Felisa Amaru Roque, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 049/2016-RRC
Sucre, de 21 enero de 2016
Expediente: La Paz 81/2015
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Yola Gloria Nina Amaru y otra
Delito: Asesinato
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de abril de 2015, cursante de fs. 356 a 360 vta., Yola Gloria Nina Amaru, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 18/2015 de 16 de marzo, de fs. 331 a 333 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Vidal Alfredo Santalla Roque contra la recurrente y Felisa Amaru Roque, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de abril de 2015, cursante de fs
- a) Por Sentencia 019/2014 de 23 de octubre (fs
- Del memorial del recurso de casación interpuesto y del Auto Supremo 440/2015-RA de 29 de
- 2) Acusa haber denunciado que la Sentencia contiene una fundamentación insuficiente y contradictoria, que se
- Asimismo, en cuanto a la valoración defectuosa de la prueba, el Tribunal de alzada no
- Cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos: 17 de 26 de febrero de 2007, 104
- 4) Acusa la violación al debido proceso establecido en los arts
- Cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 344/2013, 27/2013, 26/2013, 3/2013 y 257/2006
- Pide se anule el Auto de Vista impugnado y se emita nuevo fallo ordenando el
- Mediante Auto Supremo 440/2015-RA de 29 de junio (fs
- Por Sentencia 019/2014 de 23 de octubre, el Tribunal Primero de Sentencia de El Alto,
- b) La acusada Yola Gloria Nina Amaru, causó la lesión que ocasionó la muerte de
- c) El hacha recolectada fue el arma con el que se perpetró el delito, porque
- d) Finalmente se concluyó, que la acusada y la víctima no tenían deuda pendiente con
- La imputada Yola Gloria Nina, por memorial de fs
- 2) Violación del art
- 3) Violación del art
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto
- b) Respecto a la vulneración del art
- d) Finalmente respecto a que el Ministerio Público habría actuado maliciosamente, al no incluir como
- Siendo admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites
- III.1. Marco legal y doctrinal
- III.1.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.1.2. Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
- III.1.3. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- El referido precedente, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de Apropiación
- El primer precedente fue emitido, dentro de un proceso seguido por el delito de Calumnia,
- El Auto Supremo 104 de 20 de febrero de 2004, fue pronunciado dentro de un
- El Auto Supremo 176/2013-RRC, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de
- Contrastando los referidos precedentes, se tiene que en el caso de autos la recurrente acusa
- Finalmente, respecto al último motivo del recurso de casación, se advierte que la recurrente acusa
- En primer término corresponde dejar constancia que los últimos dos fallos no serán considerados en
- El Auto Supremo 27/2013, fue emitido dentro de un proceso seguido por el delito de
- Por último, el Auto Supremo 254 de 1 de agosto de 2006, fue pronunciado dentro
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
