Auto Supremo AS/0931/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2015

Fecha: 05-Ene-2016

Bajo estas premisas, es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber

Bajo estas premisas, es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber jurídico consagrado constitucionalmente como uno de los elementos del debido proceso, que se convierte en una garantía de legalidad procesal para proteger la libertad, la seguridad jurídica, la racionalidad y fundamentación de las resoluciones judiciales o administrativas, más aún si lo que se pretende es modificar o revocar el fallo venido en apelación o casación, donde la motivación o fundamentación deberá ser tal, que permita vislumbrar con claridad las razones de decisión por las que se modificó o confirmó un fallo de instancia