Auto Supremo AS/0931/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2015

Fecha: 05-Ene-2016

CONSIDERANDO II

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Cabe señalar previamente que en mérito a la nueva visión de justicia del Estado Plurinacional de Bolivia que se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez, se establece que conforme a dicha potestad, la administración de justicia, debe ser oportuna y sin dilaciones, en ese sentido luego de la lectura minuciosa del recurso de casación en el fondo, se advierte la existencia de reclamos en cuanto a la forma, debido a que son aspectos que hacen al procedimiento los que están siendo cuestionados por la parte recurrente, y es que a ello obedece también, por una parte, la solicitud de nulidad de obrados, al señalar que el Auto de Vista No 29 de 27 de enero de 2015, cursante de fs. 326 a 328 vta., no habría resuelto todos los agravios señalados en su recurso de apelación, vulnerando los arts. 3.2) y 236 del CPC