Auto Supremo AS/0931/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0931/2015

Fecha: 05-Ene-2016

Manifestó también que se habría violado los arts

I.2 Motivos del recurso de casación
Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 332 a 334, interpuesto por Fredy Abdón Endara Jiménez en representación legal de la Caja de Salud de la Banca Privada, quien señaló que se habrían violado los arts. 14.III, IV y V y 48 de la Constitución Política del Estado (CPE) que establece que el estado garantiza a todas las personas el eficaz ejercicio de sus derechos, así como que nadie está obligado a hacer lo que la Constitución y las Leyes no manden, aspecto que no habría cumplido el Tribunal ad quem, como tampoco observó que las obligaciones laborales no son para las personas que celebran contratos de orden civil.
Manifestó también que se habría violado los arts. 4, 12 y 13 de la Ley General del Trabajo (LGT) ya que dichas normas son de aplicabilidad para trabajadores dependientes y subordinados al empleador, no aplicable apersonas que tiene una relación contractual civil – comercial, como también los arts. 450, 454 y siguientes, 732.II del Código Civil ya que dicha normativa fue la que habría regulado la relación contractual de prestación de servicios, ajustándose a la disponibilidad de su tiempo sin exclusividad con la Caja de Salud de la Banca Privada y únicamente durante un periodo breve habría mantenido una relación laboral de la cual a su conclusión la actora habría rechazado el pago de sus derechos laborales