Concluye enunciando el Auto Supremo N° 37 de 10 de febrero de 2001 sobre aplicación
3.- Señala que los Vocales sostienen que a la empresa se le notificó una vez con el Auto de apertura de término de prueba (fs 40) debido a la pésima valoración de antecedentes ya que a fs. 41 se notificó al defensor de oficio de la empresa con los actuados de fs. 39 y 40, reiterándose tal diligencia a fs. 44 de lo que se demuestra violación al debido proceso y comunicación procesal ya que los plazos del término de prueba son días comunes y perentorios y por lo tanto deben ser notificados el mismo día a ambas partes, en el caso se incumplió el art. 149 del CPT, anomalía que debe subsanarse en función de la igualdad de partes. Causal clara de nulidad.
Concluye enunciando el Auto Supremo N° 37 de 10 de febrero de 2001 sobre aplicación de los arts. 252 y 90 ambos del CPC
Concluye enunciando el Auto Supremo N° 37 de 10 de febrero de 2001 sobre aplicación de los arts. 252 y 90 ambos del CPC
- VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs
- Contra la referida Sentencia, Petrosur S
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma interpuesto por la empresa demandada,
- Petrosur S
- Que tal afirmación no tomó en cuenta que la notificación al demandante fue el 17
- 2
- Concluye enunciando el Auto Supremo N° 37 de 10 de febrero de 2001 sobre aplicación
- Solicita que se case el Auto de Vista Nº 247 de 24 de agosto
- El actor, con memorial de fs
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia declare infundado el recurso interpuesto, con costas
- CONSIDERANDO II
- En ese marco legal, corresponde a este Tribunal apreciar si, en el caso, se produjo
- A ese efecto, de la revisión de antecedentes procesales se constata que el Tribunal de
- Por lo expuesto, corresponde que este Tribunal pronuncie Resolución conforme al art
- Se regula honorario profesional del abogado de la parte demandante, en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
